Qué Hacer Cuando: Fallece un Familiar

 

Lazo

 

Cuando una persona muere, es necesario el certificado médico de defunción para proceder a la inscripción de la muerte. Lo puede expedir el médico que ha tratado al enfermo o cualquier otro médico que reconozca el cadáver. El certificado de defunción es el documento oficial que acredita la muerte de la persona y que es necesario para la inscripción de la defunción en el Registro Civil de Lúcar (Ayuntamiento, Plaza Federico Salvador, 4 en días laborales de 08:00 a 14:00 horas) que comunica de oficio la baja del difunto al Padrón de Habitantes.

 

El Reglamento de Registro Civil obliga a que la inscripción de la defunción se lleven a cabo dentro de las veinticuatro horas siguientes al fallecimiento, debiendo practicarse antes del enterramiento. En tanto no se practique la inscripción, no se expedirá la licencia para el entierro.